TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 178/84 ------------------------------ ARTICULO 1.- Créase en la Municipalidad de Balcarce la Comisión Intersec- ------------ torial de la Vivienda, organismo que actuará con las atribu- ciones y funciones que le confiere la presente Ordenanza.----------------- ARTICULO 2.- Serán integrantes de la Comisión: ------------ a.- Un representante de cada bloque político representado en el Honorable Concejo Deliberante.- b.- Un representante de la Delegación local de la CGT.- c.- Un representante de la Federación de Sociedad de Fomento d.- Un representante de la Ex - Cooperativa Ferroviaria "So- lidaridad Social".- e.- Un representante de la Parroquia San José.- f.- Dos representantes del Departamento Ejecutivo.- ARTICULO 3.- Una vez que las instituciones citadas en el Artículo anterior ------------ comuniquen sus representantes, el Departamento Ejecutivo con- feccionará el respectivo Decreto con la Nómina de Integrantes.------------- ARTICULO 4.- En la primera reunión formal los integrantes de la Comisión - ------------ procederán a designar entre sus miembros, un Presidente, un - Secretario, y un Tesorero.------------------------------------------------- ARTICULO 5.- Si por cualquier causa se produjera una vacante en alguno de ------------ los integrantes, la Comisión solicitará al Poder Municipal o Entidad representada la designación de un reemplazante.-------------------- ARTICULO 6.- La Comisión someterá al Departamento Ejecutivo y al Honorable ------------ Concejo Deliberante en un plazo de quince (15) días, a partir de la notificación de la presente el texto de su Reglamento de Funcionamien to, participando en la discusión del mismo.-------------------------------- ARTICULO 7.- La Comisión creada por la presente tendrá por objeto el estu- ------------ dio y la aplicación de los medios conducentes a la elabora - ción de anteproyectos, proyectos, realización y habilitación de viviendas - de interés social para familias carenciadas que habitan el Partido de Bal - carce y la implementación de un plan de ayuda total, sanitaria, educativa - y de acción social para los mismos beneficiarios, como así también la pro - moción del cooperativismo.------------------------------------------------- ARTICULO 8.- Para el cumplimiento del cometido establecido en el Artículo ------------ anterior la Comisión estará facultada para ejercer las si- guientes funciones.: a.- Decidir los lugares de emplazamiento sobre la base de los datos brindados por Catastro Parcelario y las disposicio- nes del Departamento Ejecutivo.- b.- Estudiar, proyectar, analizar y decidir sobre los distin- tos modelos técnicos a aplicar.- c.- Elaborar e implementar los planes de asistencia social - previa y posterior a la adjudicación de viviendas.- d.- Proyectar y elaborar la programación de obras en todas y cada una de las etapas y analizar y programar las modali- dades de sorteo, adjudicación, escrituración y financia- ción de las viviendas.- e.- Supervisar la ejecución y relización de las obras en su integridad cuidando la correcta aplicación de los recur- sos y efectuando las observaciones y/o modificaciones y/o ajustes necesarios para cumplir con el plan general apro- bado.- f.- Aconsejar la contratación de técnicos y/o profesionales - y/o empleados para la proyección y/o ejecución de determi nadas tareas.- g.- Realizar campañas de divulgación y análisis de las formas cooperativas de construcción y relación comunitaria.- h.- Controlar el Fondo Solidario y Permanente que se cree pa- ra financiar los planes de construcción.- i.- Coordinar el trabajo con las entidades de fomento de la construcción existente en la Comunidad.------------------ ARTICULO 9.- A los fines de la obtención de los recursos necesarios la Co- ------------ misión podrá: a.- Recabar aportes ante organismos nacionales, provinciales, municipales, autárquicos y privados.- b.- Recurrir al aporte privado induciendo la concreción de do naciones y/o legados.- c.- Organizar espectáculos y/o realizaciones de naturaleza si- milar.- d.- Organizar rifas, bonos contribución y colectas de materia- les y/o dinero en efectivo o cualquier otra acción legal - mente reglamentada.--------------------------------------- ARTICULO 10.- A los fines del ingreso y utilización de los recursos a afec - ------------- tar para dar cumplimiento al Artículo 7º de la presente Orde - nanza, créase la cuenta especial "Comisión Intersectorial de la Vivienda", - que se regirá por lo estatuído en los Artículos 126º, 127º, 128º, 129º y 130º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por los Artículos 91º, 92º, 93º y 152º del Reglamento de Contabilidad y demás disposiciones de la Administra - ción Municipal.------------------------------------------------------------- ARTICULO 11.- En la cuenta especial "Comisión Intersectorial de la Vivienda" ------------- ingresarán los siguientes recursos: a.- Las partidas presupuestarias que se voten para los fines - de la presente.- b.- El producido de la venta de solares municipales, que no - tengan destino específico fijado por Ordenanza.- c.- Las donaciones y/o legados que reciba la Municipalidad con cargo a la construcción y/o financiación y/o ampliación de viviendas.- d.- Los fondos que obtuviera la Municipalidad por empréstitos de instituciones bancarias, con arreglo a lo establecido - en el Artículo 46º y concordantes de la Ley Orgánica Muni- cipal.- e.- Los fondos provenientes de las viviendas que se construyan para los casos en que así quede establecido.- f.- Las tasas u otras contribuciones actuales o futuras que - graven a los terrenos baldíos y que no tengan otro destino específico fijado por Ordenanza.- g.- Las tasas u otras contribuciones establecidas o a estable- cerse por la demolición de edificios.- h.- Las tasas u otras contribuciones establecidas o a estable- cerse por construcciones de edificios destinados a vivien- das, oficinas y comercios.- i.- Los alquileres que perciba la Municipalidad de particula - res y/o del Estado Nacional, Provincial y demás reparticio nes autárquicas, que no tengan destino específico fijado - por Ordenanza.- ARTICULO 12.- La Comisión contará con dos (2) subcomisiones asesoras y un - ------------- grupo de trabajo voluntario.- a.- Subcomisión Técnica.- b.- Subcomisión de Acción Social.- c.- Grupo de trabajo voluntario.- ARTICULO 13.- La Subcomisión técnica estará integrada por los profesionales ------------- técnicos que designe la Secretaría de Obras y Servicios Públi- cos. Como complemento abrir un Registro de T‚cnicos y Profesionales que a- porten su trabajo voluntario para complementar la acción oficial.----------- ARTICULO 14.- Ser n funciones de la Subcomisión Técnica: ------------- a.- Analizar la factibilidad técnica de los distintos planes - que sean presentados en el seno de la Comisión.- b.- Elaborar la documentación técnica necesaria para las obras. c.- Efectuar la Dirección Técnica de las obras a modo de comple mento con los representantes de la Comisión.-------------- ARTICULO 15.- La Subcomisión de Acción Social estará integrada por el perso - ------------- nal que a tal fin designe la Subsecretaría de Acción Social de la Comuna.------------------------------------------------------------------ ARTICULO 16.- Serán funciones de la Subcomisión de Acción Social: ------------- a.- Realizar el análisis socio-económico de los postulantes.- b.- Realizar todas las acciones de promoción social y relación comunitaria con los beneficiarios y sus familiares. Concre tar el seguimiento de cada caso y considerar de modo prefe- rente la educación social.- c.- Promocionar las formas cooperativas de relación comunitaria ARTICULO 17.- El grupo de trabajo voluntario estará constituído por todos los ------------- vecinos interesados en brindar horas de trabajo voluntario y - que en forma conjunta con los beneficiarios cooperen para llevar a cabo las distintas tareas que demande la construcción de las viviendas.--------------- ARTICULO 18.- A los fines expuestos en el Artículo anterior, se abrirá un Re- ------------- gistro con ajustes a las modalidades y reglamentaciones que fi- je la Comisión.-------------------------------------------------------------- ARTICULO 19.- Las adquisiciones y eventuales contrataciones aconsejadas por - ------------- la Comisión al municipio se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y las disposiciones del Reglamento de Contabi lidad y Disposiciones de la Administración Municipal, para lo cual se estable- cerá en la reglamentación de la presente los plazos y formas previstas para - efectuarla.------------------------------------------------------------------ ARTICULO 20.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.---------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de setiembre de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMADO: Alber to J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--------------